Históricamente los haberes que reciben los jubilados resultan insuficientes para cubrir los gastos de todo el mes. Actualmente, en el marco de la crisis económica, se hace prácticamente imposible.
Sin moratoria, ¿qué pasará con las jubilaciones?Ante esta situación, son cada vez más los argentinos que luego de jubilarse optan por seguir trabajando para poder mantener el nivel de ingresos. Es entonces cuando surgen las dudas sobre la posibilidad de continuar como empleado en la misma empresa y los trámites que se deben realizar.
Si bien es perfectamente posible trabajar para la misma compañía luego del retiro, lo que cambia a partir de la jubilación son algunos detalles que tienen que ver con el vínculo laboral.
¿Qué pasa si me jubilo y quiero seguir trabajando?
Las personas que se jubilen pero quieran seguir trabajando, tanto en relación de dependencia como de manera autónoma, podrán hacerlo y cobrar sus haberes sin limitaciones. No obstante, deberán cumplir con la obligación de realizar los aportes y contribuciones previsionales del sueldo como activo (11 % en concepto de aportes al Fondo Nacional de Empleo). Ese aporte, sin embargo, no contará para modificar el monto de la jubilación que perciben, es decir no se suma.
De todas maneras, existen excepciones. En el caso de haber recibido la jubilación por invalidez, por regímenes especiales (tareas penosas, riesgosas o insalubres) o con subsidio complementario, no pueden volver a trabajar en relación de dependencia luego de jubilarse.
Y si esos jubilados volvieran a trabajar de manera autónoma, se les suspenderá el pago de los haberes de la prestación previsional. Es decir, no seguirán cobrando la jubilación.
Jubilarse y seguir trabajando: ¿qué cambia para el empleado?
Más allá de que el empleado se jubile y quiera continuar trabajando en la empresa es voluntad del empleador mantenerlo en el puesto de trabajo
Una abogada experta, explicó que en el caso de que la compañía esté de acuerdo, "una vez que la persona está jubilada pasa a tener una antigüedad cero, más allá del tiempo que haya trabajado en la empresa".
En tanto, agregó que cuando la compañía quiera prescindir de su servicio le corresponderá una indemnización desde la fecha de jubilación, y no antes.
Por otro lado, al hacer efectiva la jubilación, la cobertura de salud pasa a estar cubierta por PAMI o la obra social correspondiente a la actividad prestada. Si bien es un derecho que puede ejercer el empleador, no quita que no pueda también no hacer uso del mismo y seguir brindándole al empleado una cobertura de salud superior.
Me jubilé pero voy a seguir trabajando: ¿cómo es el trámite?
El empleado que se haya jubilado y que quiera seguir trabajando deberá contar con el DNI, el último recibo de sueldo y con el Formulario de Declaración de Reingreso a la actividad laboral.
Antes de iniciar el trámite, tendrá que revisar previamente si los datos personales y vínculos familiares están actualizados en Mi Anses. Si no están actualizados, se deberá reunir la documentación faltante.
Luego será necesario iniciar la gestión de manera presencial en una oficina de Anses. Hacer clic en el siguiente link para encontrar la dependencia que esté más cercana al domicilio.
Por último deberá presentarse el día del turno en la oficina de Anses con la documentación necesaria para declarar la vuelta a la actividad.